martes, 12 de enero de 2016

ALERTA: Nuevo fraude : Phising Amazon. ¿Qué hacer?

Acabamos de recibir esta información:

Se tiene conocimiento de una campaña de correos electrónicos fraudulentos (phishing) suplantando la identidad de la empresa Amazon para ofrecer falsas tarjetas regalo para comprar en su tienda online.

En el email se incluye un enlace a la falsa página de Amazon, donde hay un enlace para “Generar una tarjeta de regalo”.  

El objetivo es robar el usuario y la clave de acceso mediante una falsa página de inicio que suplanta a la de Amazon.

El dominio que carga no es el de Amazon sino otro de Wordpress.com; como se puede ver en este pantallazo:


 

En el caso de que esta información llegue tarde, y ya se hayan introducido el nombre de usuario y contraseña, desde esta web os recomendamos:


lunes, 11 de enero de 2016

Las conductas adictivas y otras dependencias

Las conductas adictivas merecen ser comprendidas, son un hábito que domina la voluntad de las personas. Son dependencias a sustancias, actividades o relaciones, controlan los pensamientos y los comportamientos, se les otorga todo el poder de decisión, “hacen lo que quieren con nosotros”.

Existen conductas adictivas de muy diversa índole, a sustancias tóxicas que provocan drogodependencias y alcoholismo... casos donde apenas se duda de la necesidad del proceso terapéutico para poder superarlos pero, ¿qué pasa cuando las personas son adictas a su propia imagen, (tomando el sol de manera compulsiva, sin nutrirse adecuadamente, comprando sin freno....) o son adictos al deporte, al éxito empresarial, al poder económico y social? ¿Y las adicciones a las nuevas tecnologías...los videojuegos, internet, las redes sociales, etc? ¿ Y la adicción a la comida, bulimias, anorexias, etc...? ¿Qué pasa con estos casos?

Las conductas adictivas merecen ser comprendidas porque no sólo destruyen el organismo, SOBRETODO destruyen la identidad de la persona, destrozan sus relaciones familiares, sociales, laborales, sus intereses personales...Las personas que están presas de un modelo adictivo (el que sea), no saben hacer otra cosa para llenar su vacío existencial.

Las conductas adictivas merecen ser comprendidas, porque todos tenemos la responsabilidad de trabajar nuestras carencias, esos agujeros que tenemos en el alma y que nos pasamos la vida llenando con objetos, experiencias, sustancias, sensaciones...vivimos en una sociedad donde no se tolera la “falta”, el “vacío”, el “dolor”, apenas toleramos un poco de “frustración”. Vivimos buscando el “placer inmediato”, renunciamos al tiempo para pensar, para compartir, para mirarnos mejor los unos a los otros.

Las conductas adictivas merecen ser comprendidas, porque en estas huidas hacia adelante se nos van todos los sentimientos que no nombramos, todo el dolor y la angustia que no sabemos identificar, la desconexión, la calma, y aplazamos la tarea de trabajar con nosotros.

Las conductas adictivas merecen ser comprendidas porque se alimentan de nuestra cobardía, de nuestro miedo a contar lo que nos pasa, a la soledad, porque vivimos tan preocupados con llenar nuestro vacío existencial, que apenas nos damos cuenta de las necesidades ajenas.

Hagamos un lugar en nuestro corazón para la luz del bienestar y la paz interior. Es el momento de aportar claridad, apoyo y cariño en nuestro entorno. Empecemos a relacionarnos buscando el interés mutuo. Estemos atentos a lo que nos piden los demás y pensemos; ¿que es lo mejor qué tengo para ofrecer? Empecemos a superar los modelos adictivos que potenciamos en esta sociedad.

Las conductas adictivas merecen ser comprendidas. Y todos y cada uno de nosotros también.

Si quieres saber más sobre adicciones pincha aqui 

viernes, 8 de enero de 2016

CLAÚSULAS ABUSIVAS: Cláusula suelo y otras. ¿Cómo afectan a mi hipoteca?

Cálcula cómo ha afectado la claúsula suelo a tu hipoteca


La Comisión Europea ha pedido al Tribunal Europeo que reconozca el derecho a las indemnizaciones que tienen los afectados por las claúsulas suelo, y con carácter retroactivoEs una gran noticia dónde se calcula que cada persona afectada, podrá cobrar de 10.000€ a 21.000€ debido a la caída del Euribor en los últimos cinco años.

¿Pero qué es una claúsula suelo y qué son las claúsulas abusivas en la contratación?

Las claúsulas abusivas son aquellas que están formalmente incorporadas en un contrato y que incumplen el requisito del equilibrio contractual entre las partes. Es decir, se entiende que los consumidores, no han tenido influencia en la redacción del contrato, causando un importante desequilibrio entre los derechos y obligaciones que se derivan.

En la actualidad el TJUE faculta a los jueces españoles para anular cualquier claúsula abusiva, incluyendo las que afecten a los contratos de hipoteca.

¿Cómo afectan a nuestras hipotecas?


1.- Otorgando un grado mayor de protección a los usuarios en los casos que se produzca una ejecución hipotecaria. Existe una mayor discrecionalidad para el juez pudiendo anular este tipo de claúsulas.
2.- El juez podrá argumentar la existencia de una claúsula abusiva valorando la naturaleza de los bienes o servicios que sean objeto del contrato, así como el momento de celebración del mismo y todas las circunstancias que concurran en su celebración.
3.- Es fundamental conocer que el juez tiene la facultad de sustituir una cláusula abusiva por una disposición supletoria de Derecho nacional, para poder permitir el restablecimiento de un equilibrio real entre los derechos y las obligaciones de las partes del contrato.
¿Qué tipo de claúsulas abusivas puedo encontrarme en mi contrato hipotecario?.

A).- CLAÚSULA SUELO: Impide que el cliente hipotecado se beneficie de las caídas del Euribor. (Ejemplo de cómo suelen estar redactadas..."Tipo de interés variable": Limites de variabilidad del tipo de interés .... las partes acuerdan que, a efectos obligacionales, el tipo resultante de la revisión del tipo de interés aplicable, sea este el ordinario o el sustituto, no podrá ser inferior al .... nominal anual ni superior al .... nominal anual. Os adjuntamos un simulador para calcular cómo ha afectado esta claúsula a vuestra hipoteca.
B).- REDONDEO AL ALZA: Se trata de un exceso aleatorio, que pretende la simplificación del cálculo de la cantidad que debe ser abonada en concepto de interés.En este tipo de claúsulas falta la acreditación de que haya sido negociada individualmente.
(Ejemplo de cómo suelen estar redactadas; Si la suma del tipo de interés de referencia y el margen o diferencial no fuera múltiplo exacto de un octavo de punto porcentual, el tipo de interés resultante se redondeará al múltiplo más cercano de dicho octavo de punto porcentual”.)
C).- MOTIVOS DE OPOSICIÓN POR DETERMINACIÓN Y MANIPULACiÓN DEL EURIBOR. Aquí es básico destacar que importantes irregularidades en la determinación del Euribor llevaron a la Comisión Europea a abrir un expediente para investigar las presuntas irresponsabilidades cometidas por las entidades bancarias en su confección, tal como en la correspondiente Memo 11/711 de 19 de octubre de 2.011, en la que la Comisión Europea anunciaba el inicio de las investigaciones.
 
D).-CUOTA FINAL: Han sido de hasta el 30% del capital prestado, generando una falsa creencia al consumidor de que su cuota mensual es más baja de lo que realmente es, ya que en realidad se está aplazando con cada cuota hipotecaria un 20 o 30% del principal prestado, según el caso, porcentaje que genera intereses hasta el final, y que se paga en una última cuota al final de la vida de la hipoteca, y posiblemente de la vida del hipotecado, que con una edad muy avanzada, y seguramente con una capacidad económica menor debe afrontar una "súper cuota" si no quiere incumplir con el contrato de préstamo suscrito, y arriesgarse a que el banco inste un procedimiento de ejecución hiptecaria como el presente, después de haber estado cumpliendo puntualmente durante 20, 30 o 40 años, según el caso, con el pago de su hipoteca.
Esta cláusula, al no haber sido debidamente informada al consumidor, debe considerarse abusiva, ya que si el prestatario hubiera sabido que la última cuota suponía un porcentaje tan alto del capital prestado, no hubiera suscrito este tipo de hipoteca.

E).- COMISIONES POR RECLAMACIÓN DE POSISICIONES DEUDORAS: "Además del interés prestado devengarán las siguientes comisiones....por gastos de reclamación de posiciones deudoras ....... Euros....liquidable y pagadera de una sola vez en cada posición deudora que se produzca, para compensar los gastos de gestión de regularización (teléfono, fax, telégrafo, desplazamiento, siempre que se realicen las correspondientes reclamaciones.....).
F).- INTERESES DE DEMORA ABUSIVOS E INCLUSO EN OCASIONES USUARIOS: "Las cantidades vencidas y no pagadas por amortizaciones, intereses, comisiones y gastos que con arreglo a este contrato deban satisfacer los prestatarios en fechas preestablecidas, devengarán en su total reembolso un interés de demora al tipo que resulte de añadir oo,oo puntos porcentuales al tipo de interés, oridinario o sustitutivo, vigente en cada momento, a cuyo efecto el BANCO podrá libremente capitalizar los intereses, comisiones, y gastos de conformidad... 

Existen muchas más claúsulas abusivas, en nuestras leyes y directivas comunitarias se adjuntan listados a modo de ejemplo, en ningún caso son listados cerrados. Cualquier claúsula que genere desequilibrio entre partes podrá ser declarada como abusiva por el juez competente.
Este tema es objeto de estudio y debate donde agentes sociales, jueces y entidades bancarias buscan sus fórmulas. Esperemos que prime la sensatez y la salvaguarda de nuestros derechos como consumidores.

Si deséais profundizar, o anular vuestra claúsula suelo no dudéis en contactarnos. ¡Ganamos en las distancias cortas!



jueves, 7 de enero de 2016

¡Vuelta a la rutina!

Cómo aterrizar en la rutina después de días de vacaciones.

Con la llegada de las vacaciones se rompen las rutinas que tanto nos había costado conseguir durante el año, así que acostumbrarse a la cotidianidad de nuestra vida puede ser complicado. Podemos sentir cierta ansiedad emocional o presión, por eso el proceso adaptativo debe ser el más adecuado a nuestras circunstancias y así afrontar la adaptación a la vida activa de manera positiva.

Para aquellos que estén sintiendo una desidia y falta de ánimo, les cueste coger el sueño, vean disminuida su atención en el trabajo o se ven en situaciones de bloqueo en algo tan corriente como organizar las tareas del hogar, les dejamos estos consejos:
  • Retomar hábitos de sueño y comidas. Un truco es volver al trabajo a mitad de semana (por ejemplo, un miércoles para que la carga laboral y la adaptación no sean tan duras), siempre que sea posible...
  • Practicar algún deporte.
  • Practicar ejercicios de relajación.
  • No estar pendiente del reloj porque se hará eterno.
  • Tener paciencia. Desde de mi personalísimo punto de vista, la paciencia es una herramienta importantísima, y no es otra cosa, que la capacidad personal de manejar emociones, pensamientos y conductas para que nuestras reacciones no sean demasiado desproporcionadas o prematuras. Es la capacidad que tenemos para dar la respuesta adecuada en las situaciones de conflicto. Tengamos paciencia con la desidia estos días, pasará poco a poco.
  • AGRADECIMIENTO. Podemos escribir en un papel  todas las cosas por las que estamos agradecidos. Es un ejercicio muy potente que deberiamos realizar en los días de ánimo gris. ( Vivo agradecida por las buenas compañías, por el amor, por vivir en un país que no está en guerra, por gozar de buena salud...) Si tenemos tantas cosas por celebrar...¿por qué centrarnos hoy en lo negativo?
  • Sentido del humor. Este es el mejor recurso para estar blindados a cualquier imprevisto de la vida, también para la fatalidad del fín de las vacaciones...
Cómo apunte señalar que no está demostrado en ningún estudio riguroso que exista el "síndrome postvacacional" como tal, por lo tanto nada tiene significado salvo el que nosotros queramos darle, si pensamos que nuestras actividades carecen de sentido y que el trabajo es algo negativo estaremos desanimados. En las sociedades donde el trabajo se ve como algo creativo, con sentido por sí mismo y digno para el ser humano, no existen depresiones postvacacionales. Reflexionemos.

lunes, 21 de diciembre de 2015

TABLA DE DERECHOS NO ESCRITOS PARA UNAS FELICES VACACIONES.

Felices vacaciones:


Soy de la opinión de que a todos nos gusta saber mas sobre las relaciones humanas. Del mismo modo suelo suponer que nos agrada el aumentar el respeto por uno mismo y por los demás. Todo esto, en último extremo, es aumetar nuestra autoestima, por eso dedico esta tabla de derechos no escritos a todos los que quieran empezar las vacaciones colmados de cariño hacia sí mismos.

TABLA DE DERECHOS NO ESCRITOS

Estos derechos no están publicados en ningún boletín oficial, ni hace falta acudir a ningún juzgado para hacerlos valer, no nos sirven para ganar indemnizaciones millonarias, pero si para sentirnos valorados y respetados, y para construir esquemas mentales que nos hagan sentir bien.

1.- Derecho a ser tratado con respeto y dignidad.
2.- Derecho a expresar sentimientos y opiniones.
3.- Derecho a ser escuchado y tomado en serio.
4.- Derecho a decir NO y no sentirme "culpable".
5.- Derecho a pedir lo que quiero,dándome cuenta que mi interlocutor tiene también derecho a decir NO.
6.- Derecho a cambiar.
7.- Derecho a cometer errores.
8.- Derecho a pedir información y a ser informado.
9.- Derecho a decidir qué hacer con mi cuerpo, tiempo, propiedades, mientras no se violen los derechos de otras personas.
10.- Derecho a gozar, a disfrutar, a mi descanso.
11.- Derecho a superarme, aún superando a los demás.

Esto que parece tan evidente, es necesario que lo reflexionemos y analicemos para ver que creencias o esquemas mentales tenemos arraigados  dentro de nosotros que hace que en multiud de ocasiones pasemos por alto nuestras necesidades más básicas.

Existen  convicciones y "pensamientos automáticos" que no responden a lógica, ni son objetivos, pero que van circulando por la sociedad y que se dan por hechos asumidos. La mayoría de las veces se van formando a lo largo de la educación, y si no se hace algo en contra de ellos, se van afianzando y reforzando cada vez más. (Albert Allis, psicólogo de los años 50 los delimitó en 10 tipos de ideas).

IDEAS IRRACIONALES DE ALBERT ALLIS:

1.- Es necesario ser querido y aceptado por todo el mundo.
2.- Uno tiene que ser muy competente y saber resolverlo todo si quiere considerarse necesario y útil.
3.- Hay gente mala y despreciable que debe recibir su merecido.
4.- Es horrible que las cosas no salgan de la misma forma que a uno le gustaría.
5.- La desgracia humana es debida a causas externas y la gente no tiene ninguna o muy pocas posibilidades de controlar sus disgustos y trastornos.
6.- Si algo es o puede ser peligroso o atemorizante, hay que preocuparse mucho al respecto y recrearse constantemente en la posibilidad de que ocurra.
7.- Es más fácil evitar que hacer frente a algunas dificultades o responsabilidades.
8.- Siempre se necesita de alguien más fuerte que uno mismo en quien poder confiar.
9.- Un suceso pasado es un importante determinante de la conducta presente, porque si algo nos afectó mucho, continuará afectándono continuamente.
10.- Uno debe estar permanentemente preocupado por los problemas de los demás.

Debido a que no somos máquinas a todos se nos pasan estas ideas en algún grado. Resultan problemáticas cuando nos producen una necesidad imperiosa de seguirlas. Las exageraciones por cualquiera de estas creencias o convicciones puede ser causa de gran sufrimiento a la personas que las vive y las asume como ciertas. 
La cuestión es convertir los pensamientos irracionales en otros mas realistas contenidos de "lógica"  para lograr que no nos hagan daño, así podremos aprender de cada circunstancia y no nos culpabilizaremos gratuitamente.
RECUERDA: "Si sacrificamos nuestros derechos con frecuencia estamos enseñando a los demás a aprovecharse de nosotros" Jakubowski.

¡FELICES VACACIONES SERENAS!

viernes, 18 de diciembre de 2015

Bases legales de un sorteo en Facebook

Realizar sorteos en Facebook es una herramienta muy útil para publicitar una empresa o negocio, pero es importante no descuidar los aspectos legales correspondientes y que así, la campaña sea jurídicamente adecuada. 
 
Es sorprendente la cantidad de concursos que se hacen a través de redes sociales y que no tienen unas condiciones legales específicas ajustadas a derecho. Lo único que puede provocar tanta dispersión son reclamaciones de todo tipo por parte de los usuarios que en estos casos están siempre amparados por la Ley. 
 
Aquí va una pequeña guía orientativa que pretende aportar un poco de luz en este tema de concursos y redes sociales:


Paso 1.- Hay que cumplir con la normativa española de sorteos y concursos.

  • Es necesario especificar en la bases legales los términos de la oferta y los requisitos para optar al sorteo o concursos. (Ejemplo, prohibición al juego de los menores de edad, requisitos en la residencia de la persona u otros)
  • Tras la entrada en vigor de la Ley del Juego, en caso de que vayamos a organizar un sorteo donde la participación resulte totalmente gratuita, no es necesario obtener un título que habilite para su ejercicio.
  • Por el contrario, en los casos en los que la participación sí suponga un coste adicional para los que desean participar, entonces habrá que obtener las licencias pertinentes y cumplir con las disposiciones relativas a este supuesto. (por ejemplo, la comunicación a las autoridades pertinentes, o la obtención de los permisos legales necesarios)

Paso 2.- Es necesario atenerse a las normas que establece Facebook en relación a las promociones o al envío de comunicaciones:

  • En las bases legales se debe exonerar completamente a Facebook de toda responsabilidad por parte de cada concursante o participante e incluir un apartado donde se especifique que la promoción no está patrocinada, avalada ni administrada por Facebook.
  • Los sorteos de Facebook no pueden ser administrados desde las biografias personales. Los estados de “compártelo en tu biografía para participar”, o en la “biografía de un amigo”, o “etiquetar personas para participar” van contra la normativa de Facebook, pudiendo provocar cancelaciones de perfil, o bloqueos por viralizar contenido o spamear a otros usuarios.
  • Las bases legales deben estar disponibles para que quiénes quieran participar las puedan consultar en cualquier momento.

Paso 3.- Los ganadores deben ser informados personalmente.

  • Este punto es crucial; vemos constantemente nombres de “ganadores” (de bolsos, entradas de cine y otros...) en el “inicio” de Facebook. Queridos lectores de este blog: Facebook PROHIBE que anuncies a los ganadores a través de su platafoma. (Debes notificarlo por e-mail teléfono, etc, si los ganadores “voluntariamente quieren” compartirlo en su biografía, estupendo, pero la Ley de Protección de Datos y la normativa de Facebook es tajante en este sentido.)

Paso 4.- ¿Qué debe contener imperativamente la redacción de tus bases legales para un sorteo?

  • Identificación del organizador.
  • Gratuidad o, por el contrario, tarificación adicional para la participación.
  • Fechas de comienzo y terminación del concurso o sorteo promocional y fecha en la que se realizará el concurso o sorteo y la modalidad de este (sorteo ante notario, jurado etc.)
  • Reglas y condiciones para participar.
  • Valor y naturaleza sobre el precio ofrecido.
  • Protección de datos de carácter personal.
  • Penalizaciones en caso de uso fraudulento.
  • Cesiones de derechos de imagen y/o propiedad intelectual del ganador o ganadores y/o de los participantes.
  • Posibilidades de prorrogar o suspender el sorteo (ej. en casos de fuerza mayor).
  • Posibilidad de dar de baja o descalificar a usuarios que incumplan las reglas del sorteo y exoneración de responsabilidad del organizador en caso de incumplimiento de los participantes.

Paso 5.- Temas fiscales:

Conforme a la Ley del Juego, los sorteos promocionales tributan a un tipo de gravamen del 10% del valor del premio entregado, siempre que el sorteo esté basado en combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales.

Es decir, que siempre que intervenga el azar en el sorteo habrá que tributar el 10% del valor del premio, pero si el concurso está basado en criterios especificos con una baremación concreta (disponible en todo momento en las bases legales del concurso) este premio quedará exento de tributar.

Acciones legales en caso de incumplimiento:
Si se incumple alguno de los preceptos legales establecidos en las bases y se participa de forma fraudulenta, se podrán iniciar acciones civiles (reclamación por daños y perjuicios) y penales (delito por estafa).

Finalmente, recordar una vez más que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento por lo que es recomendable asesorarse legalmente por profesionales.



AQUÍ OS DEJAMOS UN EJEMPLO BASTANTE SOSPECHOSO... (en realidad nos ha costado mucho encontrar unas bases legales en regla!. 

lunes, 14 de diciembre de 2015

MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN EN PYMES

Los autónomos y las PYMES:


Caen frecuentemente en algunos de estos errores en materia de seguridad de la información, pensando que necesitan un gran presupuesto para desarrollar un sistema eficaz. Se deben valorar las maneras, la falta de tiempo, el margen de error y la reducción de recursos, pero NUNCA PRESCINDIR de un sistema de seguridad eficaz y sensato.


1.- Se suele pensar que la información de un autónomo o PYME no interesan a nadie. Esto es un error y cuanto antes tomemos conciencia de esta falsedad menos sorpresas desagradables tendremos en el futuro. Tendemos a infravalorar nuestra información (¿no es importante proteger nuestros balances, cartera de clientes, tarifas de precios, procesos de producción, etc? ¡PUES ESO!)

Además es fundamental conocer que cualquier equipo (ya sea el ordenador de una multinacional o el portátil de un adolescente) es objeto para las “botnets” o redes de “PCs zombies” que son controlados en remoto y se utilizan para divulgar “spam” o atacar sistemas.

2.- Otro error; pensar que la seguridad es algo técnico que sólo compete a los “informáticos": Esto conduce a descuidar aspectos legales y organizativos. Es necesario gestionar incidencias de seguridad (tales cómo pérdidas de pen-drives, desaparición de documentos, etc) así como los requerimientos legales, y conseguir evitar amenazas serias de ingeniería social o phising.

La seguridad no es un producto que se pueda comprar ( un antivirus, cortafuegos, etc) es un proceso en constante cambio que debe involucrar a todos los miembros de la empresa.
 
3.- La confidencialidad es algo de espías y grandes multinacionales. Otra gran leyenda urbana. Es cierto de las grandes empresas firman acuerdos de confidencialidad, y aunque al común de los mortales les suena a libro de John le Carré, esto no lo hace innecesarios en el ámbito de las PYMES. Tanto con proveedores, clientes y trabajadores deberíamos tenerlos. Tengamos presente que es algo sencillo de hacer, que sólo va a traernos beneficios y que su única finalidad es proteger la información de las personas y empresas.

4.- La Ley Orgánica de Protección de Datos esa gran desconocida. Lo veo cada día entre mis colegas y clientes, como consumidora de servicios, que es una Ley que pasa desapercibida, que importa poquísimo que lleve vigente desde 1999. La mayoría de las empresas ignoran sus obligaciones en esta materia y sigo sin comprender porque nadie decide llevar a cabo acción alguna. Y es que ya sea por evitar sanciones o por responsabilidad social corporativa para con las personas que nos confían sus datos, cualquier persona o empresa debería adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos.

ALGUNAS MEDIDAS PRÁCTICAS EN SEGURIDAD:
  • Configurar ordenadores de tal manera que para acceder sea necesario introducir usuario/contraseña. (cambiándolas periódicamente, combiando mayúsculas y minúsculas...etc)
  • Es muy recomendable utilizar la firma electrónica, y así sustituir los documentos en papel al soporte electrónico.
  • No introducir ni solicitar datos por Internet sin que la conexión este cifrada.
  • Hacer copias de seguridad periódicamente, es increíble pero uno de los mayores riesgos que podemos correr es perder toda nuestra información si no hemos hecho una copia de seguridad. Existen programas gratuitos que hacen copias de seguridad a mediodía o por la noche (COBIAN, MCOPIAS, SYNCBACK son alguno de ellos).

    Como profesionales tenemos la responsabilidad de utilizar las mejores herramientas y procedimientos para llevar a cabo nuestro trabajo, en el caso de los abogados el compromiso pasa por la excelencia en nuestras actuaciones. Desde mi punto de vista obviar el DOMINIO de la tecnología es un error que tarde o temprano puede pasar factura...¡Y DE LAS CARAS!

     

jueves, 10 de diciembre de 2015

Vínculos emocionales. ¿Cómo nos relacionamos con los demás?

¿Sabes relacionarte con los demás?

Nuestro cerebro está programado para conectar con los demás. Una de sus funciones es crear vínculos con las personas con las que nos relacionamos. Este puente neuronal hace que seamos permeables al efecto que los demás provocan en nosotros y viceversa. Cuanto mayor es el vínculo emocional que nos une a alguien, mayor es su impacto. 

Durante estos acoplamientos neuronales se ejecuta una danza emocional, acompañada de multitud de sentimientos. Son las relaciones sociales las que actúan como moduladores de estas sensaciones, y es importante conocer este mecanismo, porque aunque tenemos la necesidad de relacionarnos, estos vínculos son armas de doble filo; si bien las relaciones positivas tienen un impacto beneficioso sobre nuestra salud, las tóxicas pueden acabar envenenando lentamente nuestro cuerpo. 

Las relaciones sociales que mayor satisfacción nos van a proporcionar son aquellas que activan esquemas afectivos y pautas de relación que se solapan y crean campos compartidos de bienestar. Exisen muchos mensajes sociales que vienen de penalidades y frustraciones anteriores que nos impiden desarrollar estas habilidades.. "no te fíes de nadie", "con los demás hay que imponerse y controlarlo todo" ó "adaptate a los demás y todo te irá bien"... etc. Al relacionarnos con los demás no existen pautas establecidas, pero si lo hacemos con confianza, nos sentiremos en paz, empezaremos a no tener miedo y a abrir el corazón.

¿Qué pasa cuando al relacionarnos con otros sentimos esa punzada interior que nos provoca un intercambio negativo? ¿Cómo nos estamos relacionando? Los psicólogos definen a este tipo de encuentros como "relaciones instrumentales", van desde el simple distanciamiento, hasta manipulaciones mas complejas. Cuando utilizamos este tipo de relaciones, consideramos a los demás como simples medios pàra conseguir nuestros objetivos. Cada vez que nos despreocupamos de los sentimientos de los demás y sólo atendemos a lo que nos interesa de ellos, estamos manteniendo una relación "instrumental".

La relaciones instrumentales son útiles para la vida cotidiana. Es necesario mantener esa "distancia" para realizar multitud de tareas de nuestra vida diaria (ir al médico, a la compra, hablar con clientes, proveedores, montarnos en el autobus, etc), no podemos pretender "crear vínculos significativos" con todos los que nos cruzamos en un diario. 

El problema surge cuando esperamos "conectar" con alguien y esa persona "no asume" el grado de implicación que ansiamos. Nos sentimos angustiados, y esto tiene fundamento neuronal; nuestro cerebro activa la misma región cerebral que cuando se sufre daño físico. Se manda una señal de alerta a otras partes del cerebro para que actuen en consecuencia. En caso extremos de rechazo podemos sentir "esa sensación angustiosa como de dolor corporal".(ejemplo; "tengo el corazón roto","has herido mis sentimientos"...).

Lo contrario a esa modalidad egocéntrica de relación, es la "sensación sentida" de ser objeto de interés y empatía de otra persona. De esta forma creamos un estado de comunicación real con los demás, interesándonos por sus sentimientos y sentiéndonos transformados por ellos. La experiencia de unidad (la sensación de fusión de identidad con alguien) aumenta cuando asumimos la perspectiva de otra persona y se consolida cuando contemplamos las cosas desde su punto de vista. Esta es una experiencia que cuando la empatía es mutua, cobra una especial resonancia.

Seriamos demasiado exigentes si aspirásemos a que todo encuentro con los demás fuera "sentido". La vida cotidiana oscila entre ambas modalidades de relación, apareciendo la segunda en los momentos de mayor conexión.

El bienestar y el equilibrio en las relaciones que mantiene una persona no depende de la cantidad de contactos sociales, ni de la frecuencia con la que se relacione con ellos, sino del  reconocimiento y aceptación que experimentamos al relacionarnos con los otros, sentimientos que no se pueden fabricar artificialmente, se dan o no se dan. Se trata de ver a los otros con la inteligencia del corazón, de encontrar la felicidad en la plenitud de los otros.

Herramientas para potenciar relaciones satisfactorias :
  • Apego: capacidad de establecer lazos afectivos con otras personas.
  • Empatía: capacidad de ponerse en el lugar del otro y entenderle.
  • Asertividad: capacidad de defender los propios derechos y opiniones sin dañar a los demás. "Tanto tú como yo somos importante"
  • Cooperación: capacidad de colaborar con los demás para lograr un objetivo común.
  • Comunicación: capacidad de expresar y escuchar. Sentimientos, emociones, ideas, etc.
  • Autocontrol: capacidad de interpretar las creencias y sentimientos propios y controlar los impulsos.
  • Comprensión de situaciones: capacidad para entender las situaciones sociales y no tomarlas como algo personal, o culparse de determinadas cosas.
  • Resolución de conflictos: capacidad para interpretar un conflicto y sacar alternativas de solución al mismo.
Tenemos todas las competencias emocionales para canalizar emociones y sentimientos, aprendamos a manejar nuestra vulnerabilidad, y los propios límites. Cuanto más nos identifiquemos con alguien, más se fundirán nuestras categorias mentales, una fusión inconsciente que hace suponer que lo más importante para el otro, también es lo más importante para nosotros. 


viernes, 4 de diciembre de 2015

Introducción al arbitraje en España

Qué saber del arbitraje

Hace poco leíamos en prensa que “ Parece que, en materia energética, el mundo está contra España. Más de medio centenar de inversores de todo el mundo, la mayor parte de ellos alemanes, han interpuesto 24 denuncias de arbitraje en energía. De los 82 arbitrajes actuales que hay en todo el mundo, por temas energéticos, 24 son contra España. Solamente en el pasado mes de agosto han llegado contra España cuatro demandas de arbitraje de importantes grupos internacionales, algunas de ellas de grandes grupos como E.ON, primera empresa eléctrica alemana. Existe, pues, una elevada agresividad contra España en los tribunales internacionales, basada fundamentalmente en inseguridad jurídica” (Diari de Tarragona. José Daniel Vila Robert 27/10/15)

La importancia del arbitraje para la resolución de conflictos comerciales internacionales es de sobra reconocida, siendo una figura con la que solemos estar poco familiarizados en lineas generales.


El arbitraje es un mecanismo de resolución de controversias por el que las partes, de común acuerdo, deciden someter sus problemas al arbitrio de un tercero comprometiéndose a cumplir la decisión adoptada, excluyendo a través de pacto expreso acudir a los tribunales.

Características:

  • Autonomía de la voluntad de las partes a someterse al arbitraje.
  • Velocidad del procedimiento. Es un procedimiento más rápido y ágil, donde las partes suelen pactar plazos. Salvo que las partes acuerden otra cosa, se obtendrá una solución al conflicto en un plazo de seis meses.
  • Eficacia en el resultado. La decisión de los árbitros no es susceptible de ser revisada ante otra instancia arbitral. Los laudos arbitrales sólo son susceptibles de ser revisados mediante la acción de anulación, donde se puede analizar el laudo por motivos tasados.
  • Competencia específica de los árbitros, que suelen ser especialistas en la materia objeto de la controversia. Se garantiza una resolución de alta calidad técnica.
  • Garantías de confidencialidad y secreto en el proceso, en contraposición al principio de publicidad de los procedimientos judiciales ordinarios. Aquí las partes pueden acordar el secreto de las actuaciones que se lleven a cabo, incluyendo la no publicación del laudo arbitral.

El arbitraje en España se rige por la autonomía de la voluntad de las partes, por eso es fundamental que se redacte un cláusula arbitral bastante completa donde se prevean cada uno de los aspectos. A falta de ésta, decidirán los árbitros.


Regulación y ámbito de aplicación del arbitraje en España:


El arbitraje se regula por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje que pretendió convertir a España en en un país referente en materia de arbitraje, sobre todo, en relación con los países latinoamericanos. Esta normativa está pensada en un sentido amplio y contiene tanto disposiciones para regular el arbitraje interno como el internacional.


Para delimitar el ámbito de aplicación de la ley se utilizan dos criterios:


a).- Criterio territorial: Donde se entiende que todos los arbitrajes llevados a cabo en España, con independencia del carácter interno o internacional, o del carácter comercial o no comercial, se regularán por la Ley 60/2003.

Será el domicilio de las partes el criterio que determine la territorialidad.


Excepción: No será de aplicación esta ley, cuando el objeto de aplicación del arbitraje esté bajo el amparo de alguna disposición contenida en tratados o convenios internacionales de los que España sea estado parte. 
 

b).- Criterio material: Referido a las materias que pueden ser objeto de arbitraje. Se establece el criterio de libre disposición, según el cual las partes podrán someter a arbitraje cualquier litigio siempre y cuando no afecten contra la ley, moral, el orden público o las buenas costumbres.


Excepciones:

  • La Ley 60/2003 será de aplicación supletoria para determinados arbitrajes especiales previstos en otras leyes como son; consumo, transportes terrestres, seguros privados o propiedad intelectual.
  • Queda excluida la aplicación de esta ley, ni siquiera de manera supletoria, en el caso de los arbitrajes laborales.

Las normas que los árbitros deberán aplicar para resolver la controversia sometida a arbitraje serán las partes quiénes la determinen, por regla general, y sólo, en ausencia de pacto, dicha posibilidad les corresponderá a los árbitros. Estas normas que deben aplicarse hace referencia al derecho sustantivo.


Ventajas del arbitraje:

  • Posibilidad de obtener una decisión vinculante para las partes que ponga fin a un conflicto con celeridad y la garantía de una gran solvencia técnica del árbitro.
  • Permite adaptarse a los cambios y globalizarse en las relaciones comerciales.

Desventajas del arbitraje:

  • Costes elevados, ya que puede conllevar el pago de grandes sumas de dinero, en función de las cantidades reclamadas.



miércoles, 2 de diciembre de 2015

Claves para una comunicación efectiva

Situaciones comunicativas:

Las personas somos sociables por naturaleza, y tenemos la necesidad de comunicarnos. Comunicarse es hacer partícipe al otro de lo que nos pasa, que la otra persona “tome parte” de nuestra realidad y que no se quede indiferente, que se entere, que opine, que se conmueva, que haga algo al respecto. Comunicación es contacto.
Cuando nos relacionamos con los demás pero no conseguimos que participen, es una comunicación que fracasa y se queda en la categoría de información
 
¿Cuáles son los elementos básicos en el proceso de comunicación?
1.- Emisor: Persona que se encarga de construir y transmitir el mensaje. Es importante determinar la intención comunicativa del emisor, el propósito que se pretende conseguir.
2.- Mensaje: Idea o conjunto de ideas codificadas que el emisor transmite al receptor de acuerdo con su intención comunicativa.
3.- Receptor: Persona que motivada por una intención receptiva capta el mensaje. Su misión es descodificarlo eficientemente para determinar la comunicación del emisor.
4.- Código: Sistema que permite formular un mensaje y que debe ser común al emisor y al receptor.
5.- Canal: El medio físico por el que viaja un mensaje.
6.- Contexto: Situación en la que se produce la comunicación.

En este escenario hay que tener presente que las cadenas de comunicación se establecen según las pautas de comportamiento de las personas afectadas. La reacción de las partes implicadas no sólo se ve influida por lo que está ocurriendo de modo manifiesto, sino también por la interpretación personal de los acontecimientos.

Os proponemos que miréis esta foto y penseis que veis... ¿Letra o número?
Las situaciones, el contexto, nuestras emociones...todo influye en el acto de la comunicación, no sólo lo que está ocurriendo de modo manifiesto será lo que interpretemos, sino que nuestra propia aportación personal dará un significado claro de lo que vemos. En este caso, tendemos a ver "letras" cuando el símbolo se rodea de "letras" o "números" si el "signo" se acompaña de otros "números"... ¿No es esto lo que nos suele ocurrir en nuestra día a día? ¿Hacemos un esfuerzo por asegurar el mensaje o funcionamos con la interpretación personal de los acontecimientos?

¿Cuáles son las claves para potenciar una comunicación EFECTIVA?:

  • La realidad no existe de forma objetiva: Cada persona percibe la realidad condicionada por su propia subjetividad. Es decir, que un mismo hecho puede ser interpretado y valorado de forma muy diferente según quién lo perciba.
  • Existen mecanismos de pensamiento inconsciente: Son pensamientos automáticos creados para ahorrar tiempo y energía mental, pero que puede entorpecer la comunicación.
    Algunos ejemplos son:
    Filtraje: Sólo se tienen en cuenta los detalles negativos, magnificándolos y no considerando los positivos.
    Pensamiento polarizado: Creer que las cosas se dividen en malas o buenas
    Personalización: Pensar que las cosas que ocurren tienen una estrecha relación conmigo. Esto refleja pensamientos egocéntricos e infantiles.
    Culpabilidad: Pensar que los demás son los responsables de mi sufrimiento, o bien, asumir como mi responsabilidad los problemas o desgracias ajenas.
    Falacia de cambio: Suponer que una persona cambiará de conducta para adaptarse a nosotros si se le presiona lo suficiente.
  • Se producen problemas de comunicación cuando pensamos que nuestra forma de ver la realidad es la mejor y que los puntos de vista de los demás no son válidos cuando no coinciden con los nuestros.
  • Asumir que incluso dándose las mejores condiciones para la comunicación nunca llegará al receptor lo que exactamente quiso transmitir el emisor.

    Esperamos haberos ayudado a conocer un poco más sobre la capacidad para comunicar nuestras posturas, opiniones, y creencias de manera eficaz y sin sentirnos culpables, ansiosos o incomódos.